Normativa para distribuidores
Factura de abono o factura rectificativa: ¿son lo mismo?
La factura de abono es la factura rectificativa con otro nombre. Cómo se numera, cuándo va en negativo y un ejemplo resuelto con una devolución de dos cajas.
Marc Casado · Actualizado el 6 de octubre de 2026 · 11 min de lectura
En resumen
- Sí, son lo mismo. «Factura de abono» es el nombre del día a día; el documento que regula la ley es la factura rectificativa (Real Decreto 1619/2012, artículo 15).
- Va en su propia serie: una numeración aparte, con su prefijo, separada de la de tus facturas. Es obligatorio.
- Puede ir en negativo o en positivo, porque hay dos formas de hacerla. Por diferencias: pones solo lo que restas, en negativo. Por sustitución: pones la factura entera como queda, en positivo, y los importes de la original, como pide la Agencia Tributaria.
- Una devolución de mercancía o envases se puede restar en otra factura, sin rectificativa. Vale si te lo devuelve el mismo cliente al recibir otra entrega, y lo devuelto y lo nuevo llevan el mismo tipo de IVA.
- Una nota de abono que no cumple las reglas de la rectificativa no corrige el IVA de la venta.
Índice
Sí, son lo mismo. «Factura de abono» es el nombre del día a día; el documento que regula la ley es la factura rectificativa. El Reglamento de facturación no recoge una factura de abono aparte: tu abono tiene que cumplir las reglas de la rectificativa.
Aquí tienes cuándo se usa, cómo se numera, si va en positivo o en negativo, y un ejemplo resuelto con una devolución.
¿Por qué se llama «abono» si la ley habla de rectificativa?
Por costumbre. Abonar es devolver dinero o restarlo de lo que te deben, y casi siempre la rectificativa resta.
Pero la palabra «abono» no aparece ni una vez en el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). Solo habla de «facturas rectificativas» (artículo 15). «Abono» lo dicen los clientes, los comerciales y algunos programas de gestión (ERP). La propia Agencia Tributaria lo usa en sus preguntas frecuentes de Verifactu. En inglés se llama «credit note».
Lo que cuenta no es el nombre, sino lo que lleva el documento:
- Si cumple las reglas de la rectificativa, es una rectificativa, aunque ponga «abono».
- Si no las cumple, no corrige ni la factura ni el IVA, aunque ponga «factura».
¿Cuándo se hace una factura de abono en una distribuidora?
Cuando tienes que bajar el importe de una factura que ya has emitido. Estos son los casos de cada día (Ley del IVA, artículo 80, y Reglamento de facturación, artículo 15):
| Qué pasa | Un ejemplo | Qué haces |
|---|---|---|
| Te devuelven mercancía | Un bar pidió 8 cajas de cerveza, le llevaste 10, se las quedó y días después te devuelve 2 | Una rectificativa. O lo restas en otra factura, si te lo devuelve el mismo cliente al recibir otra entrega, y lo devuelto y lo nuevo llevan el mismo tipo de IVA |
| Te devuelven envases que cobraste | Un bar te devuelve los barriles vacíos que le cobraste | Lo mismo que con la mercancía |
| Haces un descuento después de facturar | Un rappel, es decir, un descuento por lo que el cliente te compró en un trimestre | Una rectificativa. Si el descuento es por volumen, como un rappel, basta con poner el periodo, sin citar cada factura. Si es otro descuento, cita la factura |
| Te equivocaste en el precio | Facturaste la caja a 18,50 € y era a 17,90 € | Una rectificativa |
Si el cambio sube el importe, porque cobraste de menos, también es una rectificativa. Pero nadie la llama abono. Hay más casos, como los impagos, en la guía de la factura rectificativa.
¿Y anular la factura y hacer otra? Si la venta existió, la factura nueva tiene que ser una rectificativa. Puedes anular antes la original con una factura en negativo por el total. Lo admite la Dirección General de Tributos, que responde las consultas sobre impuestos (consulta V0706-19).
Anular sin rectificativa solo encaja con una factura emitida por error, como una duplicada o la de una venta que no existió. Lo tienes en anular una factura emitida por error.
¿Cómo se numera una factura de abono?
En su propia serie, distinta de la de tus facturas normales. El Reglamento de facturación obliga a llevar las rectificativas en una serie específica (artículo 6.1.a). Una serie es una numeración propia, con su prefijo, que va siempre en orden.
- Facturas: F-2026-0874, F-2026-0875…
- Rectificativas: R-2026-0031, R-2026-0032…
Dentro de cada serie, la numeración es correlativa: un número detrás de otro, sin huecos.
Hay dos caminos que valen para el abono:
- Una rectificativa, en su serie. Por diferencias o por sustitución, como ves en la sección siguiente.
- Dos facturas. Primero, una en negativo en tu serie normal, que anula entera la original. Después, una rectificativa en su serie, con la factura como queda (Dirección General de Tributos, consulta V0706-19).
Dos errores frecuentes:
- Meter el abono en la serie de las facturas, con un número normal y el importe en negativo, y no hacer nada más. Así no corriges la venta: falta la rectificativa. Si hasta ahora lo hacías así, abre ya una serie de rectificativas y coméntalo con tu asesor.
- Repetir el número de la factura que corrige. La rectificativa lleva su propio número: el siguiente de la serie de rectificativas. La factura original se cita aparte, dentro del documento.
Saltarte las reglas de facturación, como la serie propia, es una infracción grave. La multa es del 1 % del importe de las operaciones afectadas (Ley General Tributaria, artículo 201).
Si tu repartidor o tu vendedor de ruta da tiques (facturas simplificadas) en la entrega, sus rectificativas tienen reglas propias. Las tienes en Verifactu en rectificativas, simplificadas y tiques.
Cómo numerar al cambiar de año, o con una serie por cada ruta, en numeración y series de las rectificativas.
¿La factura de abono va en positivo o en negativo?
Depende de cómo la hagas. Si pones solo lo que restas (por diferencias), va en negativo. Si pones la factura entera como queda (por sustitución), va en positivo. Las dos formas son legales (Reglamento de facturación, artículo 15.5).
- Por diferencias, pones solo lo que cambia, con su signo: en negativo si resta, en positivo si suma.
- Por sustitución, pones cómo queda la factura y, además, los importes de la factura original.
Las cifras de esta tabla son las del ejemplo de más abajo: un bar que devuelve 2 cajas de cerveza de 18,50 €, de una factura de 215,00 € de base (el importe sin IVA).
| Método | Qué pones | Cómo sale la devolución del ejemplo |
|---|---|---|
| Por diferencias | Solo la corrección: base, IVA y total | En negativo: −37,00 € de base |
| Por sustitución | La factura como queda, y los importes de la original | En positivo: 178,00 € de base, en lugar de 215,00 € |
La Agencia Tributaria lo explica con ejemplos en sus preguntas frecuentes de Verifactu. En uno, la base de una factura baja de 1.000 € a 800 €. Por diferencias, la rectificativa lleva una base de −200 € y un IVA de −42 €. Por sustitución, lleva la base nueva, 800 €, e indica la de la factura original, 1.000 €.
Quizá has leído que el abono va en negativo y la rectificativa en positivo. Eso solo pasa en un camino más largo que admite Hacienda. Primero, una factura en negativo que anula entera la original, en tu serie normal. Después, una rectificativa en positivo con la factura como queda (consulta V0706-19).
Con los dos métodos del reglamento, el abono es la propia rectificativa, y el signo depende del método. Para una devolución o un descuento, por diferencias es lo más directo: solo lo devuelto, en negativo.
Lo que no debes hacer es poner lo devuelto como una línea en positivo, igual que una venta: «2 cajas devueltas: 37,00 €». Tu cliente y tu declaración de IVA lo sumarían en lugar de restarlo.
¿Hace falta rectificativa si te devuelven mercancía o envases?
No siempre. Puedes restarlo en la factura de otra entrega, sin rectificativa (Reglamento de facturación, artículo 15.2). Vale si te lo devuelve el mismo cliente al recibir otra entrega, y lo devuelto y lo nuevo llevan el mismo tipo de IVA:
- El mismo cliente, al recibir otra entrega. Por ejemplo, el repartidor recoge las cajas al llevar el pedido siguiente.
- El mismo tipo de IVA en lo devuelto y en lo nuevo. Si en la factura nueva hay cerveza al 21 % y agua al 10 %, no vale.
El total de esa factura puede salir en negativo, si lo devuelto vale más que lo nuevo, y vale igual. Es la factura de una venta real con la devolución restada. Lo que no vale es una factura normal que solo lleva el abono, sin una rectificativa que la complete.
Si falla alguna condición, haz una rectificativa.
Y si la entrega original aún no está facturada, porque facturas a fin de mes, no hay nada que rectificar. Si la devolución es del mismo mes que la entrega, factura solo lo que el cliente se queda.
Si la entrega es de un mes y la devolución del siguiente, pregunta a tu asesor cómo facturarlo. Por ejemplo, si entregas el 30 de septiembre de 2026 y te devuelven el 2 de octubre de 2026: el IVA de la entrega se devengó, es decir, nació, en septiembre (Ley del IVA, artículo 75).
Con los envases retornables que cobraste pasa lo mismo. Al devolverlos, bajan la base imponible, es decir, el importe sin IVA (Ley del IVA, artículo 80).
¿Y si el bar rechaza dos cajas en la entrega? Si el repartidor se las vuelve a llevar, esas cajas no se han entregado. Anótalo en el albarán. Si aún no has hecho la factura, factura solo lo que el bar se queda: no hay nada que rectificar. Si la factura ya estaba hecha con las 10 cajas, por ejemplo porque el repartidor la lleva impresa, corrígela con una rectificativa.
Tienes un modelo en la plantilla de factura rectificativa por devolución de mercancía.
¿Cómo queda si un bar te devuelve dos cajas de cerveza?
Con una rectificativa, porque el pedido con el que te las devuelve lleva dos tipos de IVA. Por diferencias, las 2 cajas van en negativo: −37,00 € de base, −7,77 € de IVA y −44,77 € en total.
El 21 de septiembre de 2026 entregas un pedido a Bar La Esquina, S.L. Ese mismo día le emites la factura F-2026-0874:
| Factura F-2026-0874 | Base | IVA | Total |
|---|---|---|---|
| 10 cajas de 24 botellines de cerveza, a 18,50 € la caja (IVA 21 %) | 185,00 € | 38,85 € | 223,85 € |
| 5 packs de agua, a 6,00 € el pack (IVA 10 %) | 30,00 € | 3,00 € | 33,00 € |
| Total | 215,00 € | 41,85 € | 256,85 € |
El bar había pedido 8 cajas de cerveza, no 10, pero se quedó las 10. El 24 de septiembre de 2026, al llevarle el pedido siguiente, el repartidor recoge las 2 que sobran. Ese pedido lleva cerveza y agua, con dos tipos de IVA: no puedes restarlas en su factura.
| Rectificativa R-2026-0031 | Base | IVA (21 %) | Total |
|---|---|---|---|
| 2 cajas de cerveza devueltas, a 18,50 € | −37,00 € | −7,77 € | −44,77 € |
Además de los datos de cualquier factura, en la rectificativa tiene que constar:
- que es una factura rectificativa, y la causa: «devolución de 2 cajas de cerveza»;
- la factura que corrige: F-2026-0874, de 21 de septiembre de 2026;
- su propio número y su fecha: R-2026-0031, de 24 de septiembre de 2026.
Entre las dos, el bar te debe 212,08 € (256,85 € − 44,77 €). Si ya te había pagado la factura, le devuelves 44,77 € o se los descuentas de su próximo pago.
La misma corrección, por sustitución. La R-2026-0031 recogería la factura como queda, con 8 cajas de cerveza y los 5 packs de agua: 178,00 € de base, 34,08 € de IVA y 212,08 € en total. Y diría qué sustituye: la F-2026-0874, con 215,00 € de base y 41,85 € de IVA. Como la sustituye, el bar te debe 212,08 €, no la suma de las dos.
Si el pedido del 24 de septiembre de 2026 solo llevara cerveza, podrías restar las 2 cajas en su factura, sin rectificativa. Con 6 cajas nuevas, su factura quedaría así:
| Factura F-2026-0891 | Base | IVA (21 %) | Total |
|---|---|---|---|
| 6 cajas de cerveza, a 18,50 € (6 × 18,50 €) | 111,00 € | 23,31 € | 134,31 € |
| Devolución de 2 cajas de la F-2026-0874 | −37,00 € | −7,77 € | −44,77 € |
| Total | 74,00 € | 15,54 € | 89,54 € |
La línea de la devolución dice de qué factura vienen las cajas.
Si el cliente fuera una tienda en recargo de equivalencia, la rectificativa restaría también el recargo. Es el porcentaje extra que cobras, además del IVA, a muchas tiendas de autónomos: un 5,2 % en lo que lleva IVA del 21 % (Ley del IVA, artículo 161). Aquí serían −1,92 € más, el 5,2 % de 37,00 €.
Todo sobre el recargo, en la guía del recargo de equivalencia.
En tu declaración de IVA, el modelo 303, lo que restas va en la del periodo de la devolución. También puedes restarlo en una de los 12 meses siguientes. En los dos casos, le tienes que devolver al cliente el IVA que le cobraste de más (Ley del IVA, artículo 89). Las casillas, en la guía de la factura rectificativa.
¿Una nota de abono vale como factura rectificativa?
Solo si lleva todo lo que pide una rectificativa. Si no, es un documento comercial: sirve para llevar la cuenta con tu cliente, pero no corrige el IVA. La ley pide que esa corrección se documente como dice el reglamento (Ley del IVA, artículo 89). Y la base solo baja cuando emites la rectificativa y se la mandas al cliente (Reglamento del IVA, artículo 24.1).
Una nota de abono suele ser un papel que dice cuánto le debes al cliente o cuánto le descontarás. Si solo haces la nota, para Hacienda la factura original sigue igual. Tú sigues pagando IVA por un importe que ya no cobras. Y tu cliente puede deducirse más IVA del que le toca.
Una factura rectificativa tiene que llevar (Reglamento de facturación, artículos 6, 15 y 16.4, y página de la Agencia Tributaria sobre rectificativas):
- su número, en la serie de las rectificativas, y su fecha;
- tus datos y los del cliente, como en cualquier factura: nombre, NIF y domicilio;
- que es rectificativa, y la causa: devolución, descuento, error en el precio…;
- el número y la fecha de la factura que corrige. En un rappel por volumen basta con el periodo, como «compras del tercer trimestre de 2026»;
- la fecha de la operación, que es la de la factura original, aunque la rectificativa sea de otro día (Agencia Tributaria, preguntas frecuentes de Verifactu);
- la base, el tipo de IVA y la cuota, es decir, el importe del IVA: solo la diferencia, o la factura como queda y lo que tenía la original, como pide la Agencia Tributaria;
- el recargo de equivalencia, si la factura lo llevaba.
La rectificativa la haces tú, que emitiste la factura, y se la mandas al cliente (Ley del IVA, artículo 89, y Reglamento del IVA, artículo 24.1). El manual de IVA de 2026 de la Agencia Tributaria pide enviarla antes del día 16 del mes siguiente al de su emisión.
Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento de los sistemas de facturación (Real Decreto 1007/2023).
Cuando te toque, tu programa de facturación tendrá que crear un registro de cada factura al emitirla, también de cada rectificativa (artículo 9 de ese reglamento). Si llevas el SII, el envío de tus libros de IVA a Hacienda en 4 días, no te afecta. Cuándo te toca, en fechas de Verifactu.
El albarán de devolución, el papel que firma el cliente al devolver la mercancía, tampoco es una factura. Sirve para dejar constancia de lo devuelto. Más sobre albaranes en albarán: qué es y para qué sirve.
¿Y si el abono te lo hace tu proveedor?
Revísalo como si lo hubieras hecho tú, y resta el IVA que te habías deducido. Te pasa cuando devuelves mercancía a un proveedor o cuando te da un rappel por lo que le compras.
Comprueba que el documento:
- dice que es una factura rectificativa, y por qué;
- cita la factura que corrige, o el periodo si es un rappel por volumen;
- lleva su número en una serie de rectificativas.
Después, en tu modelo 303, resta el IVA que te dedujiste (que recuperaste) de más. Es obligatorio (Ley del IVA, artículo 114). Si es por una devolución o un descuento, va en la declaración del periodo en que recibes la rectificativa. Si es por otro motivo, como un error en el IVA, consulta con tu asesor en qué declaración va.
El proceso de devolver a un proveedor, en devolución de mercancía a proveedores.
¿Qué diferencia hay entre cada documento?
La rectificativa y la factura de abono son el mismo documento. La nota de abono y el albarán de devolución no son facturas.
| Documento | Qué es | ¿Corrige el IVA? | Numeración |
|---|---|---|---|
| Factura rectificativa | La factura que corrige otra ya emitida | Sí | Su propia serie, obligatoria |
| Factura de abono | El nombre habitual de la rectificativa que resta | Sí, si cumple las reglas de la rectificativa. Si no, es una nota de abono | La serie de las rectificativas |
| Factura en negativo que anula entera la original | El primer paso de la sustitución en dos facturas | Solo junto con la rectificativa que la sigue | La de tus facturas normales |
| Factura de la entrega siguiente, con lo devuelto restado | La factura de una venta nueva, con la devolución restada | Sí, si te lo devuelve el mismo cliente al recibir otra entrega, y lo devuelto y lo nuevo llevan el mismo tipo de IVA | La de tus facturas normales |
| Nota de abono | Un documento comercial: lo que le debes al cliente | No, salvo que lleve todo lo de una rectificativa; entonces es una rectificativa | La que quieras |
| Albarán de devolución | El papel que firma el cliente al devolver | No | La que quieras, aparte de las facturas |
¿Qué conviene revisar hoy?
- ¿Tus rectificativas van en una serie propia, separada de la de tus facturas?
- ¿Cada rectificativa dice que lo es, por qué y qué factura corrige?
- Abre una rectificativa reciente: ¿lleva solo lo corregido, en negativo (por diferencias), o la factura entera como queda (por sustitución)? Si es por sustitución, ¿salen los importes de la factura original?
- ¿Tu equipo sabe cuándo puede restar una devolución en otra factura: si te lo devuelve el mismo cliente al recibir otra entrega, y lo devuelto y lo nuevo llevan el mismo tipo de IVA?
- ¿Las notas de abono que das a tus clientes acaban siempre en una rectificativa?
- ¿Las devoluciones de ruta llegan a la oficina con su albarán firmado?
Fuentes oficiales consultadas
- Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación, artículos 6.1 (contenido, series y fecha de la operación), 7.1.a, 15 (facturas rectificativas) y 16.4 (recargo de equivalencia en la factura) · BOE · consultado 2026-10-05
- Ley 37/1992 del IVA, artículos 75 (devengo), 80 (modificación de la base imponible), 89 (rectificación de las cuotas repercutidas), 114 (rectificación de deducciones) y 161 (tipos del recargo de equivalencia) · BOE · consultado 2026-10-05
- Real Decreto 1624/1992, Reglamento del IVA, artículo 24.1 (expedir y remitir la rectificativa) · BOE · consultado 2026-10-05
- Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 201.2.a (infracción por incumplir las obligaciones de facturación) · BOE · consultado 2026-10-05
- Real Decreto 1007/2023, sistemas informáticos de facturación (Verifactu), artículos 3 y 9 · BOE · consultado 2026-10-05
- Facturación IVA: facturas rectificativas (casos, plazo y requisitos) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
- Manual práctico de IVA 2026, capítulo 10: facturas de rectificación (signo positivo o negativo, devoluciones de mercancías y envases, y plazo de envío) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
- Preguntas frecuentes VERI*FACTU: procedimientos de facturación (rectificativas por diferencias y por sustitución, con ejemplos; fecha de la operación; anulación de facturas emitidas por error) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
- Consulta vinculante V0706-19 (una factura en negativo por el total, como factura ordinaria, y después la rectificativa) · Dirección General de Tributos · consultado 2026-10-05
- Consulta vinculante V1493-26 (rectificativa por un rappel por volumen) · Dirección General de Tributos · consultado 2026-10-05
Datos comprobados el 5 de octubre de 2026.
Información general, comprobada en las fuentes oficiales en la fecha indicada. Para tu caso concreto, consulta con tu asesor.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo una factura de abono que una factura rectificativa?
Sí. «Factura de abono» es el nombre habitual, y el documento que regula la ley es la factura rectificativa. Tu abono tiene que ir en su propia serie: una numeración aparte, con su prefijo. Y tiene que citar la factura que corrige y llevar el importe corregido.
¿La factura de abono va en negativo?
Depende de cómo la hagas. Si pones solo lo que restas (por diferencias), va en negativo. Si pones la factura entera como queda (por sustitución), va en positivo, con los importes de la original. Las dos formas son legales.
¿Las facturas de abono tienen otra numeración?
Sí. Van en su propia serie: una numeración aparte, con su prefijo, separada de la de tus facturas. Dentro de ella, los números van seguidos. Lo exige el Reglamento de facturación (artículo 6.1.a).
¿Se puede hacer un abono parcial de una factura?
Sí. La rectificativa recoge solo la parte que cambia: por ejemplo, 2 cajas de las 10 que facturaste. El resto de la factura sigue igual.
¿Se puede hacer una factura de abono de una factura del año anterior?
Sí. La haces en cuanto sepas que hay que corregir. Tienes 4 años desde la venta. Si la corriges por una devolución o un descuento, 4 años desde esa devolución o ese descuento (Reglamento de facturación, artículo 15.3).
¿Una nota de abono es una factura?
Solo si lleva todo lo que pide una factura rectificativa. Es decir: su número en la serie de rectificativas, los datos de las dos partes y que diga que es rectificativa y por qué. Y también la factura que corrige y el importe corregido, con su IVA. Si no, es un documento comercial y no corrige el IVA de la venta.
¿Hace falta factura rectificativa si me devuelven envases?
No, si los cobraste en la factura y se cumplen dos condiciones: te los devuelve el mismo cliente al recibir otra entrega, y lo devuelto y lo nuevo llevan el mismo tipo de IVA. Entonces los restas en la factura de esa entrega. Si falla alguna de esas condiciones, sí. Y si no los cobraste, no hay nada que corregir.
¿Puedo anular la factura y hacer otra en lugar de un abono?
No como una factura normal nueva. Si la venta existió, la factura nueva tiene que ser una rectificativa, en su serie. Puedes anular la original con una factura en negativo por el total y hacer después la rectificativa con la factura como queda. Anular sin más, sin rectificativa, solo encaja con una factura emitida por error, como una duplicada o la de una venta que no existió.