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Verifactu en una distribuidora: facturas rectificativas, devoluciones, envases y tiques de ruta

Con Verifactu, la rectificativa se hace como siempre, pero con su registro y su QR. Qué hacer con devoluciones, envases, rappels, facturas duplicadas y tiques de ruta, con ejemplos.

Marc Casado · Actualizado el 6 de octubre de 2026 · 12 min de lectura

En resumen

  • Con Verifactu, la factura rectificativa se hace como siempre: en su propia serie (una numeración aparte) y citando la factura que corrige. Al emitirla, tu programa crea su registro, una ficha que ya no se puede cambiar, y le pone el código QR. El registro dice por qué rectificas, con un código del R1 al R5.
  • La factura original no se toca nunca. Si hay que corregirla, haces una factura nueva. Si no tenía que existir, un registro de anulación.
  • Si un cliente te devuelve mercancía o envases que ya le facturaste, y lo hace cuando le llevas otro pedido, puedes restarlos en la factura de ese pedido, sin rectificativa, si todo lleva el mismo tipo de IVA.
  • Una factura duplicada, o de una venta que no existió, no se rectifica: se anula con un registro de anulación, y su número se queda en la serie.
  • Los tiques de ruta son facturas: cada uno se registra y lleva QR. Si el cliente pide luego una factura completa, se hace una factura en sustitución de los tiques, que no es una rectificativa.
Índice

Con Verifactu, la factura rectificativa (la que corrige otra) se hace igual que ahora: con su propia numeración y citando la factura que corrige. Lo nuevo es que tu programa crea su registro y le pone el código QR, como a cualquier factura.

El registro es una ficha con los datos de la factura que ya no se puede cambiar. Por eso la factura original no se toca: ni se borra ni se cambia. El QR es el cuadrado de puntos que se lee con el móvil.

Según tu programa, cada registro se envía a Hacienda al momento o se guarda firmado en el propio programa. Lo primero es la modalidad VERI*FACTU, en mayúsculas y con asterisco. La rectificativa sigue el mismo camino que tus demás facturas (Real Decreto 1007/2023, artículos 12 y 16).

Aquí tienes qué hacer en cada caso de una distribuidora: devoluciones, envases, rappels, errores y facturas duplicadas. Y los tiques de ruta: las facturas simplificadas que hacen tus comerciales al vender desde la furgoneta.

Verifactu es la norma que obliga a tu programa de facturación a registrar así cada factura (Real Decreto 1007/2023). Desde cuándo te toca, en fechas de Verifactu y sanciones. En los ejemplos de esta página, tu programa ya está adaptado.

Si tu empresa está en el SII (Suministro Inmediato de Información), Verifactu no te aplica (Real Decreto 1007/2023, art. 3.3). El SII es otro sistema de envío del IVA a Hacienda; quién está en él, en fechas de Verifactu y sanciones.

¿Qué cambia en una factura rectificativa con Verifactu?

Las reglas, nada (Reglamento de facturación, Real Decreto 1619/2012, artículo 15). Lo nuevo es que, al emitirla, tu programa crea su registro, con el motivo y la forma de rectificar, y le imprime el QR.

A la rectificativa que resta también se le llama «abono». Si dudas entre las dos palabras, lo explicamos en factura de abono o factura rectificativa.

Lo que no cambia:

  • Se hace cuando cambia el importe o hay un dato mal: una devolución, un descuento posterior, un precio equivocado o un dato obligatorio erróneo.
  • Va en su propia serie. La serie es una numeración aparte, con su prefijo; por ejemplo, «R». Para las rectificativas de facturas completas es obligatoria (Reglamento de facturación, art. 6.1.a). Cómo numerarlas, en numeración de facturas rectificativas.
  • Dice qué factura corrige: su número y su fecha. Una sola rectificativa puede corregir varias facturas si las identifica todas. En los rappels basta con el periodo: lo ves más abajo.
  • Se hace en cuanto lo sabes. Tienes como máximo 4 años. Se cuentan desde la entrega o, si te pagaron por adelantado, desde el cobro. Si es una devolución o un descuento, desde el día en que se produjo (Reglamento de facturación, art. 15.3).

Lo que añade Verifactu:

  • La factura original no se toca. Su registro se queda como está: cualquier corrección va en un registro nuevo (Real Decreto 1007/2023, art. 8).
  • La rectificativa tiene su propio registro y su QR, como cualquier factura. En él, el programa anota por qué rectificas, con un código del R1 al R5. Y cómo: por sustitución o por diferencias. Lo ves en las dos secciones siguientes.
  • Dos fechas distintas. La rectificativa lleva la fecha del día en que la haces. Pero en su registro, el programa anota también la «fecha de la operación»: la de la entrega que figura en la factura que corriges. Si corriges varias, la más reciente.

Si tu cliente está en recargo de equivalencia, la rectificativa corrige también el recargo. Es un porcentaje que se suma al IVA en las facturas a ciertas tiendas de autónomos. Y si eres tú quien devuelve mercancía a un proveedor, la rectificativa la hace él: Verifactu solo afecta a las facturas que emites.

¿Qué haces en cada caso?

Casi siempre, una rectificativa. Hay tres excepciones: la devolución que restas en el siguiente pedido, la factura que no tenía que existir y la que sustituye tiques.

Esta tabla resume los casos y el código que tu programa pone en el registro. Sale de las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre VERI*FACTU. Las facturas que no rectifican también llevan código: F1 una factura normal, F2 un tique y F3 una factura que sustituye tiques.

Qué ha pasadoQué hacesCódigo en el registro
Te devuelven mercancía, o envases que cobrasteRectificativaR1 (R5 si era un tique)
Te lo devuelven con el siguiente pedido, y todo va al mismo IVALo restas en la factura de ese pedidoF1 (F2 si es un tique): es una factura normal
Rappel o descuento después de la ventaRectificativaR1
Un precio o una cantidad mal tecleadosRectificativaR4
Cambias el precio después de la venta, de acuerdo con el clienteRectificativaR1
Un dato mal que no es un importe, como la dirección del clienteRectificativaR4
El cliente no paga: impago o concurso de acreedoresRectificativa, con requisitos propiosR3 o R2
Hay que corregir un tiqueRectificativa del tiqueR5
Factura duplicada, o de una venta que no existióLa anulasRegistro de anulación
El cliente quiere una factura completa de sus tiquesFactura en sustituciónF3: no es una rectificativa

El código R1 cubre varias causas del artículo 80 de la Ley del IVA: devoluciones, descuentos o cambios de precio posteriores y ventas que se deshacen, entre otras. Una venta se deshace cuando se hizo y luego queda sin efecto: por ejemplo, el cliente te devuelve el pedido entero. Si facturaste un pedido que al final no entregaste ni cobraste, la venta no llegó a hacerse: se anula.

R1 cubre también los errores de derecho, es decir, al interpretar la norma. Un precio mal tecleado no es ninguna de estas causas, así que va como R4. En cambio, si después de la venta pactas con el cliente otro precio, es R1.

¿Y si pusiste mal el IVA, por ejemplo el 21 % a un producto que va al 10 %? Haces una rectificativa (Reglamento de facturación, art. 15.2). El código depende del motivo del error, y la Agencia Tributaria no da un ejemplo: confírmalo con tu asesor.

Los impagos y el concurso de acreedores (el procedimiento judicial de una empresa que no puede pagar) tienen plazos y requisitos propios. Los tienes en factura rectificativa en distribución.

Si el programa puso mal un código, por ejemplo R4 en lugar de R1, no hagas otra factura. El programa corrige el registro con un registro de subsanación.

¿Por sustitución o por diferencias?

Son dos formas de escribir los importes, y las dos valen (Reglamento de facturación, art. 15.5). Las dos dejan el mismo importe final. En el registro salen como «I» (por diferencias) y «S» (por sustitución). Tu programa te pregunta cuál usas:

  • Por diferencias: la rectificativa lleva solo lo que cambia. Si resta, en negativo.
  • Por sustitución: lleva cómo queda la factura después de corregirla y cuánto cambia (Reglamento de facturación, art. 15.5). En el registro, el programa anota también cuánto era antes.

Un ejemplo. En la factura del mes de marzo de 2027 a Bar La Esquina, S.L. (la F-2027-0112), cobraste por un error al teclear 4 cajas de refresco a 13,50 € en lugar de 12,00 €. Te pasaste en 6,00 € de base (el importe sin IVA), al 21 %. La factura tenía 499,00 € de base al 10 % y 205,00 € al 21 %.

Haces la rectificativa R-2027-0009:

Por diferenciasPor sustitución
Base−6,00 €698,00 € (antes, 704,00 €; cambia −6,00 €)
IVA−1,26 €91,69 € (antes, 92,95 €; cambia −1,26 €)
Total−7,26 €789,69 € (antes, 796,95 €; cambia −7,26 €)

Por sustitución, la rectificativa lleva las dos líneas de IVA como quedan: 499,00 € al 10 % (igual que antes) y 199,00 € al 21 % (antes, 205,00 €). En los dos casos, el bar acaba pagando 789,69 €.

Su registro lleva el código R4 y la marca de «por diferencias» o «por sustitución».

¿Qué haces si un cliente te devuelve mercancía o envases?

Una rectificativa, o restarlo en su siguiente factura. Lo segundo vale si ya lo habías facturado y te lo devuelve cuando le llevas otro pedido. Además, todo tiene que llevar el mismo tipo de IVA: lo devuelto y lo nuevo (Reglamento de facturación, art. 15.2).

  • Vale para la mercancía y para los envases que cobraste, como cajas o barriles retornables. Si los cobras en la factura, suman a la base: el importe sobre el que se calcula el IVA (Ley del IVA, art. 78). Al devolvértelos, la base baja (Ley del IVA, art. 80). Si no los cobraste, su devolución no cambia ninguna factura.
  • La factura puede salir en negativo si lo devuelto vale más que lo nuevo. Vale igual.
  • Es una factura normal. Su registro lleva el código F1 (F2 si es un tique), no uno de rectificativa.

Si aún no lo habías facturado, por ejemplo porque facturas a fin de mes, no hay nada que rectificar todavía. Cómo reflejarlo en la factura del mes, pregúntaselo a tu asesor.

Un ejemplo. A Bar El Puerto, S.L. le facturas cada entrega. En febrero de 2027 le vendiste 10 cajas de cerveza a 15,00 € la caja, en la factura F-2027-0087. El 2 de marzo, cuando le llevas el pedido nuevo, te devuelve 2 cajas sin abrir.

Si el pedido nuevo es solo de bebidas al 21 %, como la cerveza, restas las 2 cajas en la factura de ese pedido:

Factura F-2027-0095BaseIVA al 21 %Total
8 cajas de cerveza a 15,00 €120,00 €25,20 €145,20 €
Devolución: 2 cajas de cerveza (factura F-2027-0087)−30,00 €−6,30 €−36,30 €
Total90,00 €18,90 €108,90 €

Si el pedido nuevo lleva también agua, que va al 10 %, no puedes restarlas en esa factura. Haces la rectificativa R-2027-0004:

Rectificativa R-2027-0004BaseIVA al 21 %Total
Devolución: 2 cajas de cerveza (factura F-2027-0087)−30,00 €−6,30 €−36,30 €

Su registro lleva el código R1. Como fecha de la operación, la de la entrega de febrero.

Tienes un modelo en la plantilla de rectificativa por devolución de mercancía.

¿Y los rappels y descuentos que das después?

Van en una rectificativa, con el código R1. Un rappel es un descuento por volumen que das al final de un periodo, según lo que te ha comprado el cliente.

  • No hace falta citar cada factura: basta con decir el periodo, por ejemplo «primer trimestre de 2027» (Reglamento de facturación, art. 15.4).
  • Si hubo productos con distinto IVA, el rappel se reparte: cada tipo de IVA, con su base y su IVA.
  • El descuento que va en la propia factura no es una rectificativa. Por ejemplo, uno por pronto pago acordado antes de la venta: va en una línea de esa factura (Ley del IVA, art. 78).
  • El pronto pago que das al cobrar sí lo es. Si no estaba en la factura y lo das cuando te pagan, es un descuento posterior: rectificativa con R1 (Ley del IVA, art. 80).
  • El rappel no se resta en la siguiente factura. Esa excepción es solo para la mercancía y los envases devueltos.

Un ejemplo. Supermercado Los Olivos, S.L. tiene un rappel del 3 % sobre todo lo que te compre, si pasa de 10.000 € sin IVA en un trimestre. En el primer trimestre de 2027 te ha comprado 12.400,00 €: 8.000,00 € al 10 % y 4.400,00 € al 21 %.

Rectificativa R-2027-0015BaseIVATotal
Rappel del 3 %, productos al 10 %−240,00 €−24,00 €−264,00 €
Rappel del 3 %, productos al 21 %−132,00 €−27,72 €−159,72 €
Total−372,00 €−51,72 €−423,72 €

Cómo se calcula y se pacta un rappel, en qué es un rappel y cómo calcularlo.

¿Y si la factura no tenía que existir?

Se anula, no se rectifica. Por ejemplo, si la emitiste dos veces o es de una venta que no llegó a hacerse. Tu programa crea un registro de anulación, que deja sin efecto el registro de esa factura (Real Decreto 1007/2023, art. 11).

  • El número no se borra ni se vuelve a usar. Se queda en la serie. El registro de la factura y el de anulación se quedan los dos en el programa.
  • Si hay que hacer la factura buena, emítela con el número siguiente de la serie.
  • Si todavía es un borrador, no hay nada que anular: corrígelo y emítelo.
  • Si la venta existió pero algo está mal, como un precio, no se anula: se rectifica.

Un ejemplo. Emites dos veces la misma factura a Bar La Esquina: la F-2027-0120 y la F-2027-0121, iguales. Anulas la 0121. La siguiente que emitas será la 0122: la 0121 no se vuelve a usar. Avisa al bar de que la 0121 queda anulada y no tiene que pagarla.

La Agencia Tributaria indica también la anulación para la factura emitida «con errores en los datos de identificación». Si hiciste la factura a otro cliente, confirma con tu asesor si es tu caso.

Cuándo anular y cuándo rectificar, caso a caso, en cómo anular una factura emitida por error.

¿Cómo quedan los tiques de ruta con Verifactu?

Cada tique es una factura, así que el programa de la terminal crea su registro e imprime el QR. La terminal es la PDA, el móvil o la tableta con impresora con la que se factura en ruta.

Un tique es una factura simplificada: una factura con menos datos, que puede ir sin los del cliente. Es lo que dan tus comerciales o repartidores cuando venden y cobran en ruta (autoventa).

  • El QR, arriba. Va al principio del tique y mide entre 30 y 40 mm. Si tu programa envía los registros a Hacienda (modalidad VERI*FACTU), el tique lleva además una frase. Puede ser «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».
  • Hasta 400 € con IVA. Es el límite general. En algunas actividades sube a 3.000 €, como la venta al por menor a consumidores finales o la hostelería (Reglamento de facturación, art. 4). Vendiendo a bares y tiendas, cuenta con 400 €: por encima, factura completa. Los casos, en factura simplificada: límites.
  • Series separadas. Si en un mismo año haces tiques y facturas completas, van en series distintas (Reglamento de facturación, art. 7.1). Si tienes varias terminales, lo práctico es dar a cada una su serie (T1, T2…), para que la numeración vaya en orden.
  • Si el bar te pide que pongas su NIF en el tique. Con su NIF, su domicilio y el IVA en una línea aparte, el tique le sirve para deducirse el IVA (Reglamento de facturación, art. 7.2). Deducirse es recuperarlo en su declaración. En el registro va como una factura completa: código F1, en lugar del F2 de los tiques.
  • El resumen del día no sustituye a los tiques. Cada tique se registra al hacerlo, aunque la terminal saque al final del día un resumen de todos. Usa ese resumen para tu caja y tu contabilidad.

¿Y si hay una devolución en ruta? Igual que con las facturas completas. Si te devuelven la mercancía con otro pedido y todo va al mismo IVA, la restas en el tique nuevo. Si no, haces una rectificativa del tique: su registro lleva el código R5, sea cual sea el motivo.

El tique rectificativo dice qué tique corrige y qué cambia (Reglamento de facturación, art. 7.1.h). El reglamento permite darle una serie propia, por ejemplo «RT1» para la terminal 1; es lo más claro.

¿Y si el cliente quiere una factura completa de sus tiques?

Se hace una factura en sustitución de esos tiques. No es una rectificativa, siempre que los tiques llevaran sus datos obligatorios (Reglamento de facturación, art. 15.6). Pasa, por ejemplo, cuando un bar pide a fin de mes una factura con todo lo que te compró en ruta.

Si algún tique estaba mal, primero lo corriges con un tique rectificativo (en el registro, R5). Después haces la factura en sustitución (F3), que sustituye también a ese tique rectificativo. La factura en sustitución lleva siempre los datos del cliente, así que nunca va como R5.

Si después el cliente devuelve algo, primero haces el tique rectificativo (R5) y luego otra factura en sustitución, en negativo, con esos importes. Si la factura en sustitución tenía mal los datos del cliente, haces otra igual en negativo. Después, una nueva con los datos buenos. Las dos van como F3.

  • No vuelvas a facturar las entregas. Ya están facturadas en los tiques. Si haces una factura normal del mes, las facturas dos veces.
  • Que diga qué tiques sustituye: su número, su serie y su fecha. El registro también tiene que identificarlos (Real Decreto 1007/2023, art. 10.1.h). Así nadie los cuenta dos veces.
  • En el registro lleva el código F3. La Agencia Tributaria admite otra forma: abonar los tiques con un tique en negativo (registro F2). No es un registro de anulación. Entonces, la factura nueva va como una factura normal (F1).

Un ejemplo. En marzo de 2027, tu repartidor deja tres tiques a Cafetería La Plaza, todos con bebidas al 21 %. El 31 de marzo, la cafetería te pide una factura completa:

Tique sustituidoBaseIVA al 21 %Total
T1-2027-0210, del 4 de marzo80,00 €16,80 €96,80 €
T1-2027-0287, del 15 de marzo100,00 €21,00 €121,00 €
T1-2027-0351, del 25 de marzo50,00 €10,50 €60,50 €
Factura F-2027-0108230,00 €48,30 €278,30 €

La factura en sustitución suma lo mismo que los tres tiques. La cafetería no te paga nada más: solo recibe una factura completa.

¿Y la factura recapitulativa del mes?

Funciona como cualquier otra factura: un registro y un QR. Una factura recapitulativa es la que junta en una sola todas las entregas del mes a un cliente.

Si hay que corregirla después de emitirla, rectificativa. Si no tenía que existir, anulación. Y si ya diste tiques por esas entregas, no las metas en ella: haz una factura en sustitución de esos tiques.

Requisitos y plazo, en factura recapitulativa: requisitos y plantilla. Cómo queda con Verifactu, en Verifactu en una distribuidora: albaranes, recapitulativa y autoventa.

¿Qué conviene revisar hoy?

Que tu programa y tus terminales separen las series, pongan bien los códigos y anulen sin borrar. Repásalo con tu proveedor del programa de gestión (ERP) y de la aplicación de ruta:

  • ¿Tienes una serie solo para rectificativas y otra para los tiques de cada terminal?
  • ¿El programa te deja elegir el motivo (R1 a R5) y si rectificas por sustitución o por diferencias?
  • ¿Sabe tu equipo cuándo restar una devolución en la factura siguiente y cuándo hacer una rectificativa?
  • ¿Las terminales de ruta imprimen el QR y hacen rectificativas de tiques?
  • ¿El programa hace facturas en sustitución de tiques, sin volver a facturar las entregas?
  • ¿Anula sin borrar, dejando el número en la serie?

Si tienes que cambiar de programa, mira cómo elegir un programa que cumpla Verifactu.

Fuentes oficiales consultadas

  1. Real Decreto 1619/2012, reglamento de facturación (artículos 4, 6.1, 6.2, 6.5, 7.1, 7.2, 13 y 15) · BOE · consultado 2026-10-05
  2. Ley 37/1992 del IVA, artículos 75 (devengo), 78 (envases y descuentos en la base) y 80 (modificación de la base imponible) · BOE · consultado 2026-10-05
  3. Real Decreto 1007/2023, reglamento de sistemas informáticos de facturación (artículos 3.3, 8, 9, 10, 11, 12 y 16) · BOE · consultado 2026-10-05
  4. Orden HAC/1177/2024, especificaciones de los sistemas de facturación (artículos 20 y 21, y anexo: lista L2 de tipos de factura) · BOE · consultado 2026-10-05
  5. Preguntas frecuentes VERI*FACTU: procedimientos de facturación (tipos de factura F1 a F3 y R1 a R5, claves «S» e «I», devoluciones, rectificación de una rectificativa, facturas emitidas por error, sustitución de simplificadas y fecha de la operación) · Agencia Tributaria · actualizadas a 2026-07-21; consultado 2026-10-05
  6. Preguntas frecuentes VERI*FACTU: registros de facturación de alta (los cambios, con registros nuevos; descuentos por pronto pago) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
  7. Preguntas frecuentes VERI*FACTU: registros de facturación de anulación (el número se mantiene en la serie) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
  8. Preguntas frecuentes VERI*FACTU: conceptos y definiciones (documentos afectados: facturas completas y simplificadas; borradores) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
  9. Preguntas frecuentes VERI*FACTU: ámbitos de aplicación (el resumen del día de las facturas simplificadas) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
  10. Preguntas frecuentes VERI*FACTU: código QR y frase «VERI*FACTU» (posición y tamaño, también en las simplificadas) · Agencia Tributaria · consultado 2026-10-05
  11. Aclaraciones a dudas de los desarrolladores, v1.3 (apartados 6, 17, 19 y 27: número de una factura anulada, errores, rappels y facturas en sustitución de simplificadas) · Agencia Tributaria · 4 de diciembre de 2025; consultado 2026-10-05

Datos comprobados el 5 de octubre de 2026.

Información general, comprobada en las fuentes oficiales en la fecha indicada. Para tu caso concreto, consulta con tu asesor.

Preguntas frecuentes

¿Se puede modificar una factura con Verifactu?

No. El registro de una factura emitida no se cambia nunca. Si cambia un importe o hay mal un dato obligatorio, haces una factura rectificativa. Si la factura no tenía que existir, la anulas con un registro de anulación. Solo puedes corregir sin más un dato que no es obligatorio y no está en el registro, como la forma de pago.

¿Qué tipos de factura rectificativa hay en Verifactu?

Hay cinco códigos. R1: devoluciones, descuentos o cambios de precio pactados después de la venta, ventas que se deshacen y errores de derecho (al interpretar la norma), entre otros. R2: cliente en concurso de acreedores. R3: impagos que cumplen los requisitos de la ley. R4: el resto, como un precio mal tecleado o un dato mal que no es un importe. R5: cualquier corrección de un tique.

¿Los tiques llevan QR con Verifactu?

Sí. Un tique es una factura simplificada, y Verifactu se aplica a todas las facturas. Cada tique crea su registro y lleva el QR al principio, de entre 30 y 40 mm.

¿Hace falta una rectificativa si un bar me devuelve envases?

No siempre. Si te los devuelve con otro pedido y todo va al mismo tipo de IVA, los restas en la factura de ese pedido. Si no, haces una rectificativa. Y si no cobraste los envases en la factura, no hay nada que corregir.

¿Una factura en sustitución de tiques es una rectificativa?

No. Es una factura completa que sustituye a tiques ya emitidos, por ejemplo cuando un bar la pide a fin de mes. En el registro lleva el código F3, y las entregas no se vuelven a facturar. Si algún tique estaba mal, primero lo corriges con un tique rectificativo.

¿Puedo volver a usar el número de una factura anulada?

No. La factura anulada se queda en la serie con su número. Su registro se queda en el programa, junto al de anulación. Si toca hacerla bien, va con el número siguiente de la serie.

¿Se puede rectificar una factura rectificativa?

Sí, con otra rectificativa. En las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria, todos los ejemplos de este caso se registran con el código R4.

¿Y si rectifico una factura de antes de que Verifactu me aplicara?

La rectificativa es una factura nueva. Si la emites cuando Verifactu ya te aplica, sale del programa adaptado, con su registro y su QR. La factura que corriges se queda como está.

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